LOS PARTIDOS
POLÍTICOS,
A LA ZAGA DE
LAS NECESIDADES POLITICAS Y SOCIALES DEL PAÍS
-Sobre el
Régimen y la vida interna de los partidos políticos-
El proceso de transición a la democracia en nuestro país, tuvo como
resultado principal un nuevo régimen electoral que rompió, paso a paso, al
viejo sistema autoritario para dar vida a uno nuevo, dónde el sufragio terminó
por consolidarse como el principal instrumento para que la ciudadanía ejerza “en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su
gobierno.”
Al
mismo tiempo, se fueron creando nuevas instituciones y reformando otras, con el
propósito de que el cambio fuese irreversible y, finalmente, nuestro país pasa
a ser parte del mundo democrático y defensor de los derechos humanos universales.
Sin
embargo, no obstante los grandes logros alcanzados, seguimos arrastrando una
serie de prácticas del pasado que impiden que la democratización sea más
integral y que abrace al conjunto de la sociedad y al de las instituciones.
Existen espacios de participación donde la democracia y sus valores suelen
encontrar serias resistencias, como sucede en los sindicatos, en otras
organizaciones gremiales y en los propios partidos políticos.
Una
de las grandes paradojas de nuestro proceso democrático es que así como fundó
nuevas reglas y prácticas, resultó que aquellas instituciones como los partidos políticos, que fueron
conductores y beneficiarios de la transición democrática, no han sido, al mismo
tiempo, capaces de transformarse a sí mismos y, en más de las veces, suelen ser
un dique para otras transformaciones que
reclama el país y la sociedad.
Los partidos en la Constitución Política
Hasta
1977, la figura de los partidos políticos no estaba presente en nuestra
Constitución Política, no obstante que la misma definía y define a nuestro país
como una república democrática, federal y representativa. Las disposiciones
sobre los partidos siempre estuvieron incluidas en la ley electoral desde 1911.
Nuestro país fue de los últimos en incluir la figura de partidos en nuestra
Carta Magna.
El
artículo 41 define así a los partidos: “son entidades de interés público; la
ley determinará las normas y requisitos para su registro legal y las formas
específicas de su intervención en el proceso electoral. Los partidos políticos
nacionales tendrán derecho a participar en las elecciones estatales,
municipales y del Distrito Federal.
Los partidos políticos tienen como fin promover la participación del pueblo
en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación
nacional y como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos
al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e
ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo.
Sólo los ciudadanos podrán formar partidos políticos y afiliarse libre e
individualmente a ellos; por tanto, quedan prohibidas la intervención de
organizaciones gremiales o con objeto social diferente en la creación de
partidos y cualquier forma de afiliación corporativa.”
En la
última redacción constitucional, derivada de la reforma de 2007-2008 incluye,
además de la prohibición de que las organizaciones gremiales intervengan en la
creación de partidos, nuevas formulaciones de financiamiento público que se otorga
a los partidos, así como límites
a las erogaciones en los procesos internos de selección de candidatos y las campañas electorales de los partidos; una nueva
política de acceso a los medios de comunicación; procedimientos para la liquidación de las obligaciones
de los partidos que pierdan su registro; también se establecen los plazos para
la realización de los procesos partidistas de selección y postulación de
candidatos a cargos de elección popular; así como las reglas para las
precampañas y las campañas electorales.
Estas nuevas disposiciones, sin duda, son avances
sustanciales; empero, los partidos, nuevamente, dejaron intacta las
disposiciones en materia de su régimen interno. Son capaces de reformar hacia
fuera sin reformarse hacia dentro. Y en algunos aspectos varias de las reformas
van en sentido contrario a la necesidad de establecer un sistema de partidos
pluralista, transparente y democrático, como ha sucedido con las últimas
reformas a la ley secundaria en materia de partidos.
Los partidos en la Ley Electoral
Al darse la constitucionalización de los partidos
políticos en 1977, la ley electoral no abordó la necesidad, al mismo tiempo, de
legislar su vida interna. En las subsecuentes reformas electorales, la de 1986,
1990, 1993 y 1994, los partidos siguieron reformando hacia fuera y no hacia
dentro. Esto puede explicarse y entenderse, en parte, porque la preocupación
principal estaba orientada a desmontar el viejo régimen político autoritario.
Empero, con la reforma electoral, votada en el Congreso
en agosto de 1990, se hicieron ciertos ajustes al naciente sistema plural de
partidos en lo respecta al financiamiento público, en los topes de gastos de
campaña, así como modificaciones para el registro de nuevos partidos.
En la reforma electoral de 1996, se aprecian
ciertos avances, aunque insuficientes, para crear un sistema multipartidista de
partidos. La nueva ley electoral (COFIPE), define que la afiliación a los
partidos políticos debe ser libre e individual, buscando desterrar las
prácticas de afiliación colectiva y obligatoria. También desaparece el llamado
registro condicionado de los partidos políticos, que buscaba cerrarle el paso a
nuevos registros que se había abierto con la reforma de 1977 y que se había
clausurado con la reforma de 1987. El requisito principal para la creación de
nuevos partidos incentivaba el pluralismo, al establecer únicamente la
afiliación de 65 mil ciudadanos, que equivalía al 0.13% del padrón electoral.
En esta reforma de 1996 también se determinó la
práctica de auditorías a los ingresos y egresos de los partidos, así como la
obligación de los partidos de informar a la autoridad electoral la modificación
de sus documentos básicos. No obstante se incrementó el porcentaje requerido,
de 1.5% a 2.0%, para la conservación del registro como partido político
En contracorriente de estos cambios significativos, la
reforma de junio de 2005 y la de 2007-2008 estuvo predominada por tendencias
conservadoras en lo que se refiere a la consolidación de sistema
multipartidista y democrático. Se impusieron mayores trabas para el registro de
partidos y que éstos únicamente pueden darse cada seis años. Una decisión
eminentemente regresiva. Y si a esto le agregamos la posibilidad de que se
incrementen los requisitos para la obtención de registro y la reducción de los
diputados plurinominales, la situación podría complicarse aún más.
Conclusiones
1.- Si observamos retrospectivamente la evolución de las
disposiciones legales en materia de partidos políticos, no hay duda que hemos
arribado a una nueva configuración totalmente distinta a las del pasado régimen
autoritario. Etapa donde predominaba un solo partido y donde las oposiciones
partidistas eran relegadas, reprimidas o cooptadas. Era un régimen de partido
dominante que era modulado y reformado desde el poder, donde las reglas no
permitían la competencia ni la emergencia del pluralismo partidista. Un régimen
que controlaba y acotaba la posibilidad de la alternancia política, y que los
partidos minoritarios pudiesen convertirse en una opción de gobierno.
2.- El proceso de transición a la democracia dio como
resultado un régimen de partidos plural y competitivo, donde todos los partidos
se convirtieron en serios catalizadores del cambio e impulsores de la
participación ciudadana. El régimen de partido único y dominante dio paso,
paulatinamente, a un régimen donde los partidos empezaron a competir en mejores
condiciones de igualdad, donde las minorías opositoras empezaban a convertirse
en potenciales fuerzas mayoritarias y de gobierno. Condición sin la cual un
régimen no podría ser democrático.
3.- Sin embargo, a pesar de los avances alcanzados en
diferentes campos de la sociedad y el estado, los partidos políticos siguen
estando a la zaga de las necesidades del país y de la sociedad. La imagen que
ésta tiene de ellos los coloca con un alto porcentaje de descredito. Son, junto
con la policía, de las instituciones menos confiables para la ciudadanía. La
sociedad asocia a los partidos con corrupción, demagogia y desconfianza.
4.- No obstante, los partidos son y siguen siendo una
institución insustituible en todo sistema democrático. Un régimen político sin
partidos es un régimen autoritario. Pero un régimen de partidos desacreditados
y desconfiables para ciudadanía, también es muy dañino para nuestra democracia.
Se requiere atender esta parte que casi ha estado olvidada en las reformas
constitucionales que se han impulsado en las últimas décadas.
5.- Al mismo tiempo, se necesita detener las tendencias
retrogradas y conservadoras que se resisten a ampliar y consolidar un régimen
pluralista de partidos. La libertad de organización partidaria no debe
restringirse en lo absoluto. Es urgente avanzar en una reforma de fondo al
actual sistema de partidos.
6.- Un reforma que incentive el pluralismo político que
hoy se expresa con mayor madurez en la diversidad social y cultural de la
sociedad. Una reforma que canalice esa diversidad social hacia los conductos
institucionales y legales, para fortalecer y ampliar las intermediaciones entre
la sociedad y el estado. Una reforma que amplié y consolide la representación e
interlocución política. Nadie tiene el derecho de abrogarse el derecho de
representación e interlocución absoluta de la sociedad.
7.- Así como avanzamos a la configuración de un régimen
pluralista moderado de partidos, que dejó a tras al régimen autoritario de
partido dominante, hoy es menester avanzar hacia la constitución de un régimen
de partidos más incluyente y representativo. Un nuevo régimen de partidos
democráticos, transparentes, que respete los derechos de los militantes, que a
su interior rija un verdadero sistema democrático y de rendición de cuentas. Un
nuevo régimen interno que busque recobrar la credibilidad perdida.
8.- En suma, se requiere contar una legislación específica
en materia de partidos políticos, que retome los avances conquistados que están
tipificados en el libro segundo del COFIPE, que retome todas las
jurisprudencias determinadas por el Tribunal Electoral y que asuma el reclamo
ciudadano y de los militantes para contar con verdaderas instituciones de
interés público. En otras palabras, la creación de una Ley de Partidos
Políticos se convierte cada vez más en un apremio para consolidar nuestra
democracia y sus instituciones.
No hay comentarios:
Publicar un comentario