lunes, 6 de febrero de 2012

LOS PARTIDOS POLÍTICOS, A LA ZAGA DE LAS NECESIDADES POLÍTICAS Y SOCIALES DEL PAÍS


LOS PARTIDOS POLÍTICOS,
A LA ZAGA DE LAS NECESIDADES POLITICAS Y SOCIALES DEL PAÍS
-Sobre el Régimen y la vida interna de los partidos políticos-
Ignacio Pinacho
 22 de marzo de 2010

El proceso de transición a la democracia en nuestro país, tuvo como resultado principal un nuevo régimen electoral que rompió, paso a paso, al viejo sistema autoritario para dar vida a uno nuevo, dónde el sufragio terminó por consolidarse como el principal instrumento para que la ciudadanía ejerza “en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.”

Al mismo tiempo, se fueron creando nuevas instituciones y reformando otras, con el propósito de que el cambio fuese irreversible y, finalmente, nuestro país pasa a ser parte del mundo democrático y defensor de los derechos humanos universales.

Sin embargo, no obstante los grandes logros alcanzados, seguimos arrastrando una serie de prácticas del pasado que impiden que la democratización sea más integral y que abrace al conjunto de la sociedad y al de las instituciones. Existen espacios de participación donde la democracia y sus valores suelen encontrar serias resistencias, como sucede en los sindicatos, en otras organizaciones gremiales y en los propios partidos políticos. 

Una de las grandes paradojas de nuestro proceso democrático es que así como fundó nuevas reglas y prácticas, resultó que aquellas instituciones  como los partidos políticos, que fueron conductores y beneficiarios de la transición democrática, no han sido, al mismo tiempo, capaces de transformarse a sí mismos y, en más de las veces, suelen ser un dique  para otras transformaciones que reclama el país y la sociedad.
  
Los partidos en la Constitución Política

Hasta 1977, la figura de los partidos políticos no estaba presente en nuestra Constitución Política, no obstante que la misma definía y define a nuestro país como una república democrática, federal y representativa. Las disposiciones sobre los partidos siempre estuvieron incluidas en la ley electoral desde 1911. Nuestro país fue de los últimos en incluir la figura de partidos en nuestra Carta Magna.

El artículo 41 define así a los partidos: “son entidades de interés público; la ley determinará las normas y requisitos para su registro legal y las formas específicas de su intervención en el proceso electoral. Los partidos políticos nacionales tendrán derecho a participar en las elecciones estatales, municipales y del Distrito Federal.

Los partidos políticos tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación nacional y como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo. Sólo los ciudadanos podrán formar partidos políticos y afiliarse libre e individualmente a ellos; por tanto, quedan prohibidas la intervención de organizaciones gremiales o con objeto social diferente en la creación de partidos y cualquier forma de afiliación corporativa.”

En la última redacción constitucional, derivada de la reforma de 2007-2008 incluye, además de la prohibición de que las organizaciones gremiales intervengan en la creación de partidos, nuevas formulaciones de financiamiento público que se otorga a los partidos, así como límites a las erogaciones en los procesos internos de selección de candidatos y las campañas electorales de los partidos; una nueva política de acceso a los medios de comunicación; procedimientos para la liquidación de las obligaciones de los partidos que pierdan su registro; también se establecen los plazos para la realización de los procesos partidistas de selección y postulación de candidatos a cargos de elección popular; así como las reglas para las precampañas y las campañas electorales.

Estas nuevas disposiciones, sin duda, son avances sustanciales; empero, los partidos, nuevamente, dejaron intacta las disposiciones en materia de su régimen interno. Son capaces de reformar hacia fuera sin reformarse hacia dentro. Y en algunos aspectos varias de las reformas van en sentido contrario a la necesidad de establecer un sistema de partidos pluralista, transparente y democrático, como ha sucedido con las últimas reformas a la ley secundaria en materia de partidos.

Los partidos en la Ley Electoral

Al darse la constitucionalización de los partidos políticos en 1977, la ley electoral no abordó la necesidad, al mismo tiempo, de legislar su vida interna. En las subsecuentes reformas electorales, la de 1986, 1990, 1993 y 1994, los partidos siguieron reformando hacia fuera y no hacia dentro. Esto puede explicarse y entenderse, en parte, porque la preocupación principal estaba orientada a desmontar el viejo régimen político autoritario.

Empero, con la reforma electoral, votada en el Congreso en agosto de 1990, se hicieron ciertos ajustes al naciente sistema plural de partidos en lo respecta al financiamiento público, en los topes de gastos de campaña, así como modificaciones para el registro de nuevos partidos.

En la reforma electoral de 1996, se aprecian ciertos avances, aunque insuficientes, para crear un sistema multipartidista de partidos. La nueva ley electoral (COFIPE), define que la afiliación a los partidos políticos debe ser libre e individual, buscando desterrar las prácticas de afiliación colectiva y obligatoria. También desaparece el llamado registro condicionado de los partidos políticos, que buscaba cerrarle el paso a nuevos registros que se había abierto con la reforma de 1977 y que se había clausurado con la reforma de 1987. El requisito principal para la creación de nuevos partidos incentivaba el pluralismo, al establecer únicamente la afiliación de 65 mil ciudadanos, que equivalía al 0.13% del padrón electoral.

En esta reforma de 1996 también se determinó la práctica de auditorías a los ingresos y egresos de los partidos, así como la obligación de los partidos de informar a la autoridad electoral la modificación de sus documentos básicos. No obstante se incrementó el porcentaje requerido, de 1.5% a 2.0%, para la conservación del registro como partido político

En contracorriente de estos cambios significativos, la reforma de junio de 2005 y la de 2007-2008 estuvo predominada por tendencias conservadoras en lo que se refiere a la consolidación de sistema multipartidista y democrático. Se impusieron mayores trabas para el registro de partidos y que éstos únicamente pueden darse cada seis años. Una decisión eminentemente regresiva. Y si a esto le agregamos la posibilidad de que se incrementen los requisitos para la obtención de registro y la reducción de los diputados plurinominales, la situación podría complicarse aún más.

Conclusiones

1.- Si observamos retrospectivamente la evolución de las disposiciones legales en materia de partidos políticos, no hay duda que hemos arribado a una nueva configuración totalmente distinta a las del pasado régimen autoritario. Etapa donde predominaba un solo partido y donde las oposiciones partidistas eran relegadas, reprimidas o cooptadas. Era un régimen de partido dominante que era modulado y reformado desde el poder, donde las reglas no permitían la competencia ni la emergencia del pluralismo partidista. Un régimen que controlaba y acotaba la posibilidad de la alternancia política, y que los partidos minoritarios pudiesen convertirse en una opción de gobierno.

2.- El proceso de transición a la democracia dio como resultado un régimen de partidos plural y competitivo, donde todos los partidos se convirtieron en serios catalizadores del cambio e impulsores de la participación ciudadana. El régimen de partido único y dominante dio paso, paulatinamente, a un régimen donde los partidos empezaron a competir en mejores condiciones de igualdad, donde las minorías opositoras empezaban a convertirse en potenciales fuerzas mayoritarias y de gobierno. Condición sin la cual un régimen no podría ser democrático.

3.- Sin embargo, a pesar de los avances alcanzados en diferentes campos de la sociedad y el estado, los partidos políticos siguen estando a la zaga de las necesidades del país y de la sociedad. La imagen que ésta tiene de ellos los coloca con un alto porcentaje de descredito. Son, junto con la policía, de las instituciones menos confiables para la ciudadanía. La sociedad asocia a los partidos con corrupción, demagogia y desconfianza.

4.- No obstante, los partidos son y siguen siendo una institución insustituible en todo sistema democrático. Un régimen político sin partidos es un régimen autoritario. Pero un régimen de partidos desacreditados y desconfiables para ciudadanía, también es muy dañino para nuestra democracia. Se requiere atender esta parte que casi ha estado olvidada en las reformas constitucionales que se han impulsado en las últimas décadas.

5.- Al mismo tiempo, se necesita detener las tendencias retrogradas y conservadoras que se resisten a ampliar y consolidar un régimen pluralista de partidos. La libertad de organización partidaria no debe restringirse en lo absoluto. Es urgente avanzar en una reforma de fondo al actual sistema de partidos.

6.- Un reforma que incentive el pluralismo político que hoy se expresa con mayor madurez en la diversidad social y cultural de la sociedad. Una reforma que canalice esa diversidad social hacia los conductos institucionales y legales, para fortalecer y ampliar las intermediaciones entre la sociedad y el estado. Una reforma que amplié y consolide la representación e interlocución política. Nadie tiene el derecho de abrogarse el derecho de representación e interlocución absoluta de la sociedad.

7.- Así como avanzamos a la configuración de un régimen pluralista moderado de partidos, que dejó a tras al régimen autoritario de partido dominante, hoy es menester avanzar hacia la constitución de un régimen de partidos más incluyente y representativo. Un nuevo régimen de partidos democráticos, transparentes, que respete los derechos de los militantes, que a su interior rija un verdadero sistema democrático y de rendición de cuentas. Un nuevo régimen interno que busque recobrar la credibilidad perdida.

8.- En suma, se requiere contar una legislación específica en materia de partidos políticos, que retome los avances conquistados que están tipificados en el libro segundo del COFIPE, que retome todas las jurisprudencias determinadas por el Tribunal Electoral y que asuma el reclamo ciudadano y de los militantes para contar con verdaderas instituciones de interés público. En otras palabras, la creación de una Ley de Partidos Políticos se convierte cada vez más en un apremio para consolidar nuestra democracia y sus instituciones.








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